Sudeban establece parámetros para abrir cuentas digitales en línea

CARACAS – La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) estableció los lineamientos para abrir cuentas digitales y aceptar contratos electrónicos en los bancos nacionales, a fin de reforzar la digitalización de la economía.

El propósito es brindar nuevas oportunidades bajo las actuales tendencias tecnológicas con  adecuados niveles de seguridad, dada la alta demanda de los servicios bancarios digitales en el país.

Según la evaluación de Sudeban, el mercado nacional requiere  para poder avanzar en esta materia identificar los riesgos tecnológicos asociados a productos financieros; controles implementados o a implementar para mitigar los riesgos; equipos adecuados de seguridad y telecomunicaciones que soportarán el servicio; mecanismos de seguridad de la información; procedimientos para la atención de reclamos y posibles fraudes.

En cuanto a la apertura de cuentas o productos financieros digitales, las  personas naturales o jurídicas deberán realizarlas a través de un registro digital y lo mecanismos de identificación serán:

Cuentas Nivel 1, los que permitan verificar la información que suministre electrónicamente el cliente y la identificación efectiva del solicitante.

Cuentas Nivel 2, la firma electrónica o reconocimiento biométrico.

Cuentas Personas Jurídicas se requerirá firma electrónica.

Al cumplir los requisitos, la cuenta se considerará preaprobada y una vez corroborado el proceso de verificación por parte del banco, quedará activa.

Entre tanto los bancos podrán abrir cuentas digitales de dos formas:

Totalmente en línea, para lo cual debe disponer de aplicaciones que permitan conformar el expediente del cliente de manera digitalizada e incorporar el uso de la firma electrónica como medio de autenticación; o parcialmente en línea, para lo cual debe realizarse una solicitud digital y se formaliza al entregar la documentación en algunas de las agencias bancarias correspondientes.

Respecto a los contratos digitales relacionados con instrumentos financieros pactados a través de los medios electrónicos, los bancos deberán aprobarlos a través de firmas electrónicas y podrán mantener digitalizados los expedientes de los clientes con la misma información que los expedientes físicos asentados en las agencias.

Redacción Caracas

 

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