El Supremo no permite el pasaporte covid

MADRID – Luego de que cuatro tribunales superiores dictaminaran en contra del uso del pasaporte covid para entrar a bares, gimnasios y otro tipo de espacios cerrados, el Supremo terminó de finiquitar la propuesta. En caso de que no cambie la legislación o se aprueba alguna medida excepcional, España, no podrá decretar el uso generalizado del certificado de vacunación.

De esta manera, las comunidades, se quedan sin una herramienta para la prevención de contagios que permitía también, según sus defensores, garantizar la actividad económica.

El alto tribunal, con un recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía, falló que esta restricción, al igual que los toques de queda, debe guiarse por los principios de proporcionalidad, una máxima que no se había cumplido en el caso analizado por los magistrados, según recoge la sentencia, que sienta jurisprudencia.

La Sala de Vacaciones del Supremo rechaza que una medida de esta índole pueda aplicarse al conjunto de la autonomía sin tomar en cuenta la situación epidemiológica de cada lugar y sin determinar un plazo temporal para su uso, no valen los “criterios estandarizados”, subraya la sentencia. Y sucede igual que con los toques de queda: al limitarse derechos fundamentales, no se puede generalizar la implantación de la restricción.

En ese sentido, las comunidades, a no ser que soliciten la aprobación de la medida para casos muy específicos, ven ahora cómo se les niega una restricción que ya habían comenzado a aplicar varias regiones, como Galicia, Canarias y Cantabria, si bien, tras las sucesivas resoluciones judiciales en contra, a día de hoy solo la mantiene activa Baleares. Allí, el certificado covid es indispensable para el acceso a grandes eventos y para que los familiares puedan visitar a los mayores en una residencia.

Muchas comunidades, entre ellas Murcia, Madrid, Castilla-La Mancha o la propia Andalucía, habían solicitado al Gobierno que estableciese un criterio común y proporcionase un paraguas jurídico para el uso del certificado más allá de los viajes. Una exigencia que volvía a poner ayer sobre la mesa en el marco del Consejo Interterritorial de Sanidad.

“Pedimos que el ministerio estudie el marco legal del certificado digital para que pueda ser utilizado en determinadas actividades en las que se concentra un mayor riesgo de contagio, como los actos multitudinarios, ya sean deportivos, culturales o sociales, o en el ocio nocturno”, explicaron desde la consejería.

En julio la ministra de Sanidad, Carolina Darias, permitía a cada autonomía la aplicación de la restricción, al asegurar que en el marco de sus competencias tenían plena potestad para establecerla, mientras que la portavoz, Isabel Rodríguez, posponía el permiso para el conjunto del país al momento en que todos los ciudadanos pudiesen estar vacunados. Ahora, ni uno ni otro escenario son factibles.

La sentencia del Supremo convierte a España en un caso excepcional dentro de la UE. La gran mayoría de países ya han aprobado diferentes usos para el pasaporte covid más allá de tomar un avión y viajar.

Redacción Madrid

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