Afirman que AN de Maduro deroga ley a conveniencia

CARACAS – La asociación civil Súmate cuestiona la derogatoria de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales que adelanta la Asamblea Nacional (AN) de Nicolás Maduro.

El proyecto de derogatoria se aprobó en primera discusión, hace una semana, y la segunda discusión figura en la agenda legislativa de este martes dos de marzo.

Súmate enfatiza, a través de comunicado, que el Parlamento oficialista “deja totalmente al descubierto que está siendo utilizado como instrumento para confeccionar elecciones a la medida de los intereses del Partido Socialista de Venezuela (PSUV)”.

La organización alerta que el plan del gobierno de realizar, en 2021, solo las elecciones de gobernadores y alcaldes vulnera la Constitución de 1999 respecto a  la elección de los cargos ejecutivos y legislativos de los Poderes Públicos Estadal y Municipal.

Añade que, al mismo tiempo, representa un retroceso en el ejercicio de los derechos políticos, entre ellos el de elegir y ser elegido.

Igualmente señala, que la AN electa el 6D de 2020 reedita la irregularidad cometida el 12 de agosto de 2017 por la inconstitucional Asamblea Constituyente de amputar las elecciones regionales y que llevaron a la realización, en octubre de ese año, de comicios solo para gobernadores. De esta manera, se excluyó la elección de los integrantes de los Consejos Legislativos Estadales.

Súmate denuncia que el oficialismo hace cambios a conveniencia. En 2010, la AN se acogió a las disposiciones constitucionales sobre la conformación y las funciones de los Poderes Públicos Estadal y Municipal, según las cuales la elección para los cargos ejecutivos y legislativos de cada uno de estos poderes públicos debe realizarse de forma “uniforme y simultánea”. Pero ahora derogará la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales sancionada por el Parlamento de 2010.

“Aunque la decisión de derogar la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estatales y Municipales estaría fuera del lapso de los 6 meses antes de las elecciones en el que se prohíbe modificar las leyes que regulan las elecciones, según el artículo 298 de la Constitución; la misma no abona el terreno en la recuperación de la confianza de los ciudadanos en el ejercicio del voto como mecanismo de cambio”, señala la asociación civil.

“¿Por qué hacer de forma conjunta una elección solo para cargos Ejecutivos de los Poderes Estadal (Gobernadores de estado) y Municipal (Alcaldes de Municipio), cuando estamos a tiempo para organizar elecciones regionales en octubre de 2021 para cargos Ejecutivos y Legislativos del Poder Estadal (Gobernadores y Legisladores de los Consejos Legislativos de los 23 Estados), y Elecciones Municipales en diciembre de 2021 para los cargos Ejecutivos y Legislativos del Poder Municipal (Alcaldes y Concejales de los Concejos de los 335 Municipios?”, enfatiza Súmate.

La organización también destaca que los artículos 174 y 175 de la Constitución establecen que el Poder Municipal está integrado por una función ejecutiva ejercida por el alcalde y una función legislativa que corresponde al Concejo Municipal. Y que estos funcionarios, alcalde y Concejales Municipales, serán elegidos por un período de cuatro años por mayoría de los votantes.

 

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