Donatarios, herederos y legatarios quedan exentos del pago de ISLR

CARACAS – El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) anunció que el incremento del patrimonio personal, por causa de herencias o legados de terceros,  queda exento del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

Aclara que las ganancias que se obtengan a partir de las actividades sobre dichos bienes, como su posterior venta, alquiler o uso, sí deberán declararse y están sujetas al pago del tributo.

El Seniat precisó que la medida de exención está establecida en la normativa tributaria vigente y toma en cuenta la Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos que establece el pago por este concepto para los casos puntuales que allí se detallen.

Asimismo, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) establece en el numeral 7 del artículo 14, que lo donatarios, herederos y legatarios, por las donaciones, herencias y legados que perciban, califican como exentos del pago de este tributo.

Para detalles el SENIAT pone a la disposición la línea telefónica 0-8000- SENIAT (736428), el correo electrónico [email protected] y la atención personalizada en cualquiera de sus sedes tributaria.

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