Las restricciones seguirán dependiendo de avales judiciales

MADRID – El Gobierno anunció un decreto que permitirá a las comunidades autónomas acudir ante el Tribunal Supremo los autos de los tribunales superiores de Justicia que eliminen restricciones como el toque de queda o los cierres perimetrales.

En ese sentido, la administración del manejo de la pandemia lo llevará igualmente los tribunales porque las comunidades seguirán necesitando los avales judiciales para imponer restricciones que afecten a derechos fundamentales.

Solo que ahora es que el Alto Tribunal pueda dictar jurisprudencia y exista un criterio unificado sobre las medidas para todas las autonomías. No obstante, este nuevo decreto hace que las comunidades y los epidemiólogos tengan miedo de que con el levantamiento del estado de alarma, la proximidad al verano y los avances en la vacunación, se “baje la guardia”.

Con esta medida se busca unificar doctrinas y evitar que ocurra como el año pasado, cuando tras el fin del primer estado de alarma algunas decisiones de la justicia fueron contradictorias y en algunos territorios se permitieron restricciones y en otros no.

La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, explicó que el Supremo tendrá cinco días para resolver los recursos que planteen las comunidades autónomas sobre las medidas que adopten contra la pandemia.

Hasta ahora, los gobiernos autonómicos sólo podían acudir a la Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo) del Supremo cuando intervenían como autoridades delegadas del Gobierno central, es decir, durante la vigencia del estado de alarma que les otorgaba este estatus.

De esta forma, a sólo cinco días de que termine el segundo estado de alarma, el Consejo de Ministros aprueba este decreto para dotar a las comunidades autónomas de un recurso más para que sean los magistrados del Supremo los que decidan sobre restricciones de derechos.

También se incluyen medidas para controlar los pasajeros internacionales y aprueba la prórroga de algunas medidas del escudo social cuya vigencia estaba vinculada al estado de alarma, como la posibilidad de cobrar la jubilación y seguir ejerciendo la medicina o la enfermería para la gestión de la pandemia.

Igualmente, se mantiene la suspensión de las reuniones de las juntas de propietarios hasta el 31 de diciembre y se mantiene hasta el 9 de agosto la garantía de suministro de agua y energía y el bono social, la suspensión de los desahucios y la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler de vivienda habitual, así como la consideración de servicios esenciales a los recursos contra la violencia de género.

Redacción Madrid

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