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Ahora todos los solicitantes de la Ciudadanía Italiana deberán tener en cuenta el nuevo cambio a los fines de consignar los recaudos ante los funcionarios de los Consulados de Italia en Venezuela, y son:
1 – Acta de defunción del ancestro, debidamente legalizada, apostillada y traducida; 2 – Certificado de naturalización o no naturalización del ancestro y de todos los ascendentes que NO hayan nacido en Venezuela, debidamente apostillado y traducido;3 – Datos filiatorios apostillada y traducida;
Todos están relacionados con la solicitud de la transmisión de la Ciudadanía Italiana. En caso de no tener datos filiatorios (los expide el Saime), puede presentar la Gaceta Oficial de Naturalizados (se solicitan en la página web de Imprenta Nacional). En cuanto al Acta de Defunción se certifica ante el Registro Civil Municipal (o CNE), donde se declaró el fallecimiento de una persona, una vez certificado, se legaliza ante el Registro Principal de la Entidad Federal al que corresponda el Registro Municipal de la Circunscripción, se apostilla en cualquiera de las sedes nacionales que usted escoja y finalmente, se traduce al italiano con un intérprete público o traductor oficial del idioma italiano.
Para finalizar mostramos la información extraída del Consulado General de Italia con Sede en Caracas, en su sección de Ciudadanía:
Transcripción del acta de nacimiento de un mayor de edad cuyo progenitor (aunque haya fallecido) fue ya reconocido ciudadano italiano (hijos directos)
Para solicitar la ciudadanía, será necesario consignar la siguiente documentación:
1- Copia de un documento de la persona que transmite la ciudadanía (estratto di nascita, copia del pasaporte italiano u otro documento que demuestre la ciudadanía italiana);
2- Si la persona que transmite la ciudadanía NO nace en Venezuela, certificado de naturalización o no naturalización Apostillado y traducido;
3- Acta de nacimiento del solicitante, apostillada y traducida;
4- Copia de la anterior acta de nacimiento, tamaño carta, cada hoja impresa por una sola cara;
5- Planilla de reconocimiento de la ciudadanía italiana (descargar desde la sección de planillas), debidamente rellenada y firmada;
6- Planilla AIRE del solicitante (descargar desde la sección de planillas), debidamente rellenada y firmada;
7- Copia del documento de identidad vigente del solicitante (cédula o pasaporte);
8- Certificado de residencia del solicitante emitido por el CNE;
9- El día de la consignación de los documentos antes mencionados, será necesario pagar en el Consulado, con tarjeta de débito, el monto que corresponde al art. 7b de la tabla de aranceles consulares que puede descargar desde la sección de planillas. No se aceptan tarjetas de créditos, cheques ni efectivo, ni divisa extranjera (dólares, euro, etc.)
Si el Comune y el Consulado NO poseen las eventuales actas de matrimonio y divorcio de la persona que transmite la ciudadanía, será necesario consignar dichos documentos.
Ciudadanía por reconstrucción
Para empezar el trámite de reconocimiento de la ciudadanía italiana a extranjeros de origen italiano (reconstrucción), es necesario consignar la siguiente documentación:
1- Árbol genealógico (descargar desde la sección de planillas) con los nombres, apellidos, lugar y fecha de nacimiento de los ascendentes hasta llegar al solicitante;
2- Acta de nacimiento del ancestro nacido en Italia. En caso de ser un certificado eclesiástico deberá contar con legalización de la Curia y posterior legalización de la Prefettura;
3- Certificado de naturalización o no naturalización del ancestro y de todos los ascendentes que NO hayan nacido en Venezuela, debidamente apostillado y traducido;
4- Acta de matrimonio del ancestro, apostillado y traducido (si no se forma en Italia);
5- Acta de defunción del ancestro, debidamente apostillada y traducida;
6- Acta de nacimiento y matrimonio, debidamente apostilladas y traducidas, de todos los descendientes del ancestro;
7- Acta de nacimiento, debidamente apostillada y traducida, del solicitante;
8- Copia de la anterior acta de nacimiento, tamaño carta, cada hoja impresa por una sola cara;
9- Planilla de solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana (descargar desde la sección de planillas), debidamente rellenada y firmada;
10- Planilla AIRE del solicitante (descargar desde la sección de planillas), debidamente rellenada y firmada;
11- Copia del documento de identidad del solicitante;
12- Certificado de residencia del solicitante emitido por el CNE;
13- El día de la consignación de los documentos antes mencionados, será necesario pagar en el Consulado, con tarjeta de débito, el monto que corresponde al art. 7d en la lista de aranceles consulares que es posible descargar desde la sección de planillas. No se aceptan tarjetas de créditos, cheques ni efectivo, ni divisa extranjera (dólares, euro, etc)
Se recuerda a los usuarios que -con base en las leyes vigentes- el Consulado General dispone de 730 días, a partir de la presentación de la solicitud de ciudadanía, para completar el procedimiento administrativo. Sin embargo, este Consulado General reconoce la ciudadanía iure sanguinis en un tiempo más breve.
Para @gestiones_veit, es un honor apoyarle en el análisis de su documentación, preparación del expediente y el acompañamiento para la obtención de su ciudadanía, porque para nosotros: Servir bien es nuestro lema!
En @Gestiones_veit, estamos al día con nuestros conciudadanos italianos
@Gestiones_veit, es información, es calidad, va de la mano contigo hasta solventar tus requerimientos migratorios.