Madrid, vuelven las multas en la “zona de bajas emisiones”

MADRID – Vuelven las multas en la zona de bajas emisiones en la capital. Desde mañana, en lugar de notificar las infracciones, la Alcaldía de Madrid impondrá multas a quienes no respeten las restricciones.

La nueva ordenanza de movilidad entró en vigor el pasado 22 de septiembre y sustituye la que aprobara la exalcaldesa Manuela Carmen en 2018. Se mantienen casi inalterado el perímetro y las prohibiciones de la anterior ordenanza, tan solo cambia nombre y señalización.

A partir de mañana, los infractores, captados por las cámaras de vigilancia, no recibirán una simple amonestación y aviso de infracción sino la multa de “infracción leve de tráfico”. Es decir, 90 euros que, de pagarse en un plazo de 20 días, se reduciría a 45.

La nueva ordenanza sólo permite la plena circulación a los coches con la etiqueta Eco y Cero. Las etiquetas B y C tendrá áreas limitadas de circulación al tiempo que los coches con la etiqueta A no podrán circular. Estos son: los de gasolina, matriculados antes de 2000 y diésel anteriores a 2006. Estos coches podrán acceder a la zona de exclusión sólo si sus dueños están empadronados y residen en la “zona de bajas emisiones”. Es más, a los vehículos clasificados con la etiqueta A le estará prohibido el acceso y circulación en la M-30 y a los con etiqueta B y C se le permitirá una circulación limitada. Las motos tendrán las mismas limitaciones que los coches.

Redacción Madrid